Modelo de reconocimiento de deuda

Con el modelo de reconocimiento de deuda, tanto una persona física como un persona jurídica (sea particular o empresa), podrá acreditar una deuda existente contraída anteriormente y su compromiso de pago. Para ello se redactará un documento o contrato en el que se reconocerá dicha deuda.

Con este documento el acreedor de la deuda tiene en su poder un medio de prueba, o compromiso de pago, con el que poder llevar a cabo su derecho a cobrar la deuda.

Formas de reconocimiento de deuda

Dependiendo de las firmas del documento nos podemos encontrar 2 tipos de reconocimiento:

  • Forma Unilateral. El deudor es quien reconoce y declara la deuda anteriormente adquirida, con su firma en un documento unilateral de reconocimiento de deuda.
  • Forma Bilateral. En este caso tanto el acreedor como el deudor firmarían un documento de reconocimiento de deuda, en el que el deudor reconoce y declara la existencia de una deuda mientras que el acreedor acepta y reconoce esta declaración. Esta forma de firma bilateral también es conocido como contrato de reconocimiento de deuda.

deuda

Tipos de reconocimiento de deuda

El reconocimiento de deuda puede estar basado en varios tipos de deuda. La deuda se puede derivar de un impago de nóminas y salarios, impagos de alquileres, impagos entre empresas o cualquier otro tipo de impago que genere la deuda en si.

El reconocimiento de los distintos tipos de deuda puede dar lugar a incluir unas series de disposiciones para controlar su pago, es decir se podrá establecer una forma de pago o una rebaja de la deuda.

Por otro lado, si no se quiere reconocer la deuda existente del momento, se puede recurrir a utilizar un contrato de préstamo de dinero entre particulares. De esta manera al constituir un préstamo de dinero tendremos reflejado la obligación de entregar unas cantidades de dinero ya pactadas.

Contenido del documento de la deuda

Dentro del documento o contrato de la deuda deberá quedar reflejado los siguientes términos:

  • Fecha y lugar de otorgamiento (obligatorio).
  • Cantidad o importe de la deuda (obligatorio).
  • La fecha máxima del pago de la deuda (obligatorio).
  • Identificación del acreedor y del deudor (obligatorio).
  • Orígenes y causas de la deuda.
  • Formas de pago.
  • En caso de existir, rebaja o condonación de la deuda.
  • Garantías o avales en caso de impagos.

Firma del documento de reconocimiento de deuda

Cuando se redacte el documento se deberá firmar por el deudor en caso de deuda Unilateral y en caso de firma por parte de acreedor y deudor si fuese objeto de deuda Bilateral.

En el supuesto de que el contrato o documento fuese firmado por medio de un representante o notario, este deberá de presentar autorización o en su caso el poder notarial, del que fuese habilitado a la hora de la firma.

El contrato deberá ser firmado por duplicado para que cada parte tenga en su posesión un copia firmada por todas las partes. En caso de existir un fiador o aval se deberá de firmar 3 copias (una para cada parte).

Para mayor seguridad jurídica, además de la firma al final del documento, es conveniente firmar todas las hojas del reconocimiento de deuda en el margen izquierdo por todas las partes implicadas.

Procedimiento judicial

Cabe la posibilidad que durante un proceso judicial, se le reconozca la deuda que reclama un acreedor a un deudor. En tal caso, la sentencia de reconocimiento de deuda debe ser homologado por un juez y deberá ser firmado por ambas partes para que pueda ser ejecutado en caso de no cumplirse.

¿Cómo se utiliza el documento?

Con el documento o contrato de reconocimiento de deuda, se asume la existencia de deuda con la obligación de cumplimiento de la deuda reconocida.

Ventajas para el acreedor

La principal ventaja de reflejar en un documento o contrato la deuda reconocida es que a consecuencia del reconocimiento de deuda del deudor y su consiguiente obligación de pago, el acreedor puede hacer valer este documento ante un posible proceso judicial, sin que por ello tenga que demostrar la deuda adquirida anteriormente al contrato o documento.

Otra de las ventajas para el acreedor es que ante los procedimiento judiciales y cuando existe un contrato de reconocimiento de deuda en disputa, es el deudor quien tiene la obligación de demostrar la inexistencia, nulidad o ineficacia de la obligación. En tanto que el acreedor no tiene porque demostrar la obligación de pago mientras exista contrato o documento.

Ventajas para el deudor

La principal ventaja para el deudor es que el contrato o documento evita un posible proceso judicial que pudiera ser iniciado por parte de el acreedor. Es este caso el deudor reconoce la deuda y el pago en unos plazos determinados.

Reclamación del reconocimiento de deuda

Aunque el documento o contrato del reconocimiento de deuda ya es de por si vinculante, de obligado cumplimiento y totalmente valido, existe la posibilidad de elevarlo a documento publico.

Esta acción de elevarlo a público supone que en caso de impago, el acreedor podrá cobrar la deuda reconocida judicialmente mediante acciones ejecutivas. Por lo tanto, podrá incidir la deuda sobre el patrimonio del deudor.

El contrato o documento tendrá que presentarse ante la Delegación de Hacienda de cada Comunidad Autónoma, para posteriormente proceder a la autoliquidación del ITP, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y AJD, Actos Jurídicos Documentados. Aunque esta operación esta exenta, lleva implícita el impuesto. El registro del contrato o documento le da efectos ante la Administración o terceros.

Ejemplo de modelo de reconocimiento de deuda en Word

modelo reconocimiento de deuda

Aquí podéis descargar en Word una plantilla del modelo de reconocimiento de deuda.

 

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